Se concede a los titulares de permiso de trabajo y se extiende para una sola entrada.

Para poder solicitar un visado de trabajo, previamente se debe haber  firmado un contrato de trabajo con una empresa turca. La empresa turca contratante deberá enviar los documentos necesarios al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la República de Turquía, con el fin de solicitar un permiso de trabajo. En todos los demás casos ha de hacerse en la Representación de Turquía en su país de residencia habitual.

solicitud visado

dentro de Turquía

Los extranjeros que ya son  titulares de un permiso de residencia de validez mínima de 6 meses (excluyendo los estudiantes y becarios) en casos excepcionales pueden solicitar permiso de trabajo en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

solicitud permiso de trabajo

desde el extranjero

en Madrid

Si es residente en Galicia, Asturias, Cantabria, País Vasco, La Rioja, Navarra, Castilla y León, Madrid, Castilla la Mancha, Extremadura, Andalucía y Canarias.

en Barcelona

para ciudadanos extranjeros

de la empresa turca

médico de viaje

el Consulado General en la fecha de la cita

Si es residente en Andorra, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Murcia y Baleares.

La tramitación del permiso de trabajo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social puede tardar entre 6 y 8 semanas desde el momento de la  presentación de la solicitud. La aprobación de la solicitud se le informará al solicitante por vía correo electrónico o teléfono.

¿Cuáles son los requisitos del permiso de trabajo?

Se puede encontrar información detallada en la siguiente enlace de la página web del Ministerio de Trabajo (resumida a pie de este escrito)

http://www.csgb.gov.tr/csgbPortal/yabancilar/eng/index.html

NOTA

Es altamente recomendable tener preparados todos los documentos a presentar en el Ministerio antes de la presentación de la solicitud en el Consulado (sólo tendrán 10 días desde que lo hagan en el Consulado).

En este Consulado deben presentar los documentos que se detallan a continuación:

Completamente rellenado

1 fotografía

En el que se especifique el título del puesto que ocupará y la dirección completa en Turquía

Si la persona que solicita el visado de trabajo realiza la solicitud desde un país distinto a su nacionalidad, debe presentar su permiso de residencia o el documento que acredite su residencia legal en ese país.

Que cubra toda la estancia por un mínimo de 30.000 €. Con cobertura de salud y traslado en el que especifique la dirección de residencia en España del asegurado.

60€

Una vez emitido el permiso y aprobada la solicitud del visado de trabajo por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el solicitante debe aportar la siguiente documentación, en persona, en la Embajada o Consulado donde realizó la solicitud:

El pasaporte debe tener un validez mínima de tres meses más de la fecha de caducidad del visado de trabajo

Los titulares del visado o permiso de trabajo deben personarse en el Departamento de Extranjería de la Dirección General de la Policía para solicitar un permiso de residencia, dentro de los primeros 30 días a su llegada a Turquía http://yabancilar.iem.gov.tr.

Una vez obtenido el permiso de residencia, el titular del permiso puede salir y entrar en el país las veces que quiera durante la vigencia del mismo. En tal caso, el titular del permiso no necesitará tramitar visado para entrar en Turquía. En casos donde sea necesaria la renovación del permiso, los trámites de prórroga se realizarán antes de la fecha de caducidad del documento.

A las personas que tienen su tarjeta de residencia a punto de caducar, o ya caducada, se les aconseja renovar la tarjeta de residencia antes de salir del país.

Más información

Consulado de Turquía en Madrid
Dpto. visados y legalizaciones    

C/ Rafael Calvo, 18  2°    28010 Madrid
Telf.: 91 3103904    Fax: 91 308 66 02

angel.fernandez@mfa.gov.tr